• Dado que es un conjunto de conductas que afectan en lo social y lo público, debe considerarse como delito que impacta a la economía estatal, y no percibirlo como ilícito patrimonial.
Con el objeto de contar con una legislación de vanguardia y que responda a las actuales necesidades en relación con el delito de abigeato, el grupo legislativo de Morena en el Congreso de Veracruz, en voz del diputado Roberto Francisco San Román Solana, presentó la iniciativa de reforma al Código Penal para reclasificarlo a fin que deje de ser meramente patrimonial y considerarlo como ilícito que impacta a la economía estatal.
De acuerdo con la iniciativa, presentada durante la séptima sesión ordinaria, se derogaría el capítulo II denominado “Abigeato” del título VII de libro segundo, con sus artículos 210, 210 Bis, 211 y 212 del citado Código y, a su vez, se adicionaría el título VII Bis “Delitos contra la Producción Pecuaria”, integrado por el capítulo I, denominado Abigeato, con los artículos 232 Bis, 232 Ter, 232 Quáter, 232 Quinquies, 232 Sexies, 232 Septies, 232 Octies, así como el título II, “Delitos contra la Ganadería”, con el artículo 232 Nonies.
De esta manera, en Delitos contra la Producción Pecuaria quedaría establecido que comete el delito de Abigeato quien, por sí o por interpósita persona se apodere de especies mayores, sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente pueda dar o disponer del mismo, e independientemente del lugar en que se encuentren. Además, se le impondría prisión de seis a ocho años y multa de hasta 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), si la conducta descrita se ejecuta en una a dos cabezas de ganado.
Asimismo, prisión de nueve a 12 años y multa de hasta 400 UMA´s, si la conducta es en tres a cinco cabezas de ganado; y aplicaría prisión de 13 a 18 años y multa de hasta 700 UMA´s si la conducta se ejecuta en seis o más cabezas de ganado.
Por otra parte, se equipararía el delito de abigeato y se aplicaría prisión de seis a 12 años y multa de hasta 600 UMA´s, al no acreditarse la propiedad de una o más cabezas de las especies pecuarias mayores, productos o subproductos; marque, contramarque, señale o contraseñale a una o más cabezas de ganado, sin el consentimiento de quien pueda otorgarlo; altere, desfigure o elimine las marcas o señales de identificación de una o más cabezas de ganado; expida o haga uso de factura, guía de tránsito, certificado zoosanitario o dispositivo de identificación oficial apócrifo, para simular la venta, entre otros.
También, se precisa que comete el delito contra la ganadería y se le sancionaría con prisión de tres a seis años y multa de 200 a 300 UMA´s a quien introduzca o enajene en territorio estatal, una o más semovientes de cualquier especie ganadera, sin la documentación legal correspondiente; o que por cualquier medio movilice en tránsito y de paso por el estado semovientes sin la correspondiente documentación que acredite su legal procedencia, trazabilidad, legal introducción o movilización que refiere origen y destino.
El artículo segundo transitorio expone que delitos que se hubiesen cometido con anterioridad a la entrada en vigor de la presente reforma de acuerdo con lo previsto en los artículos 210, 210 Bis, 211 y 212, se perseguirán y sancionarán conforme a las disposiciones normativas vigentes al momento de su comisión.
El legislador San Román Solana manifestó que es palpable la demanda de las y los ganaderos que expresan su preocupación y reclamos, exigiendo que el delito de abigeato contenga acciones más contundentes, dado que los delincuentes logran salir libres mediante el pago de una cantidad irrisoria de dinero, lo que provoca que, en muchos casos, las y los productores ya no quieran denunciar.
Por todo lo anterior, subrayó es necesario la reclasificación del delito de abigeato, mediante la extracción de este tipo penal del capítulo de delitos patrimoniales y la adición de uno que tenga como bien jurídico tutelado a la sociedad, por su impacto en la soberanía e inocuidad alimentarias y la estabilidad económica del sector pecuario veracruzano.
La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural y Forestal.
H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ